Kit Digital 2022

Guía Kit Digital 2022 – Te aclaramos qué es y cómo solicitar las subvenciones

Kit Digital, es un programa público de subvenciones para la digitalización de las pymes españolas. Conoce cómo conseguir tu bono digital para tu empresa.

Ya está abierto el acceso al Test de diagnóstico digital en la plataforma de Acelera pyme imprescindible para solicitar las ayudas.

¿Qué es Kit Digital?

Es un programa para fomentar la digitalización de las pequeñas empresas, microempresas y autónomos. Cuenta con un presupuesto de 3.067 millones de euros, con el objetivo de que las empresas beneficiarias accedan a soluciones de digitalización disponibles en el mercado.

Para la gestión del programa, se prevé la participación de tres tipos de agentes:

  1. Las empresas beneficiarias, que recibirán la ayuda para incorporar las soluciones digitales
  2. Los agentes digitalizadores, que prestarán los correspondientes servicios o instalarán las correspondientes soluciones digitales
  3. Las entidades colaboradoras, que en nombre y por cuenta del órgano concedente colaborarán en la gestión de las ayudas

Cuantías de las ayudas

Las empresas beneficiarias recibirán una ayuda según su número de empleados y el tipo de solución elegida

Por tamaño de la empresa

  • Segmento I Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados: 12.000€
  • Segmento II Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados: 6.000€
  • Segmento III Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados: 2.000€
  • Las personas en situación de autoempleo se consideran incluidos en todos los segmentos, en función del número de trabajadores que tenga contratados

Por solución de digitalización

  • Sitio web y presencia en Internet: 2.000€
  • Comercio electrónico: 2.000€
  • Gestión de redes sociales: hasta 2.500€
  • Gestión de clientes: hasta 4.000€
  • Business Intelligence y Analytics: hasta 4.000€
  • Gestión de procesos: 6.000€
  • Factura electrónica: hasta 1.000€
  • Servicios y herramientas de oficina virtual: 250€/usuario
  • Comunicaciones seguras: 150€/usuario
  • Ciberseguridad: 125€/dispositivo

 

¿Cómo funciona el bono digital ?

El beneficiario deberá emplear la ayuda concedida, cuyo derecho de cobro se denomina «bono digital», en la contratación de una o varias soluciones de digitalización de las disponibles en un Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa recogido en la plataforma Acelera pyme. Formalizará para ello Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos.

El derecho de cobro que nace de la resolución de concesión se denomina «bono digital». Este «bono digital» no podrá hacerse efectivo hasta que el Agente Digitalizador, en nombre del beneficiario y siendo este el responsable último, presente la correspondiente cuenta justificativa de la realización de la actividad para la que se concede la subvención y el órgano concedente considere justificada la subvención.

El pago de la prestación se realizará por el beneficiario mediante la cesión al Agente Digitalizador Adherido de la parte del «bono digital» asociado al Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización suscrito, y abono de la parte correspondiente de los costes no subvencionados. Dicho «bono digital» será cedido al correspondiente agente digitalizador en pago por los servicios prestados.

Durante la prestación de la solución digital, el Agente Digitalizador Adherido, en nombre del beneficiario, deberá presentar la justificación de las acciones realizadas consistente en la documentación exigida y las demás pruebas admitidas en derecho, en su caso. Una vez esta sea comprobada y verificada, el Agente Digitalizador Adherido recibirá el pago por el importe del «bono digital» correspondiente a la ayuda asociada al Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización suscrito

La comprobación de las justificaciones se realizará por la entidad colaboradora sobre la documentación justificativa aportada por el agente digitalizador en nombre del beneficiario. La comprobación de la ayuda podrá incluir, en su caso, requerimiento de subsanación.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será al menos de tres meses desde la publicación de la correspondiente convocatoria o hasta el agotamiento del crédito presupuestario de la convocatoria.

El plazo máximo para la firma de Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización por ambas partes será de seis meses a contar desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda.

Las ayudas se concederán por orden de solicitud, aplicándose el régimen de concurrencia no competitiva.

La solicitud se realizará mediante la cumplimentación de un formulario automatizado en la sede electrónica que se determine en cada convocatoria, la cual será accesible desde la plataforma Acelera pyme.

Ejecución de la actividad

La ejecución se realizará en dos fases:

a) Una primera fase con un plazo máximo de 3 meses. El hito que marca el inicio de esta fase es la validación del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización conforme al artículo 30. Durante esta fase deberá realizarse la instalación, y desarrollo en su caso, de la solución, así como el pago de la factura emitida por el Agente Digitalizador Adherido, previa conformidad del beneficiario, según se establece en el apartado 3 de este artículo.
b) Una segunda fase con un plazo de 12 meses, desde la fecha de emisión de la factura en la fase anterior.

El Agente Digitalizador emitirá al beneficiario una única factura por el importe total de la solución de digitalización contratada asociada al Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización. La factura reflejará la reducción en el importe a abonar por el beneficiario, con respecto a la cuantía de la subvención concedida asociada al Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, cuyo derecho de cobro queda expresamente cedido al Agente Digitalizador Adherido en la formalización de dicho Acuerdo.

Requisitos para solicitar el bono digital y ser beneficiario del Kit Digital

Las empresas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:

ser pequeña empresa, microempresa o persona en situación de autoempleo de conformidad con las definiciones del Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014;
no tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del citado reglamento;
estar al corriente de pagos de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social;
no estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones;
estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral;
no estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea;
no superar el límite de ayudas de minimis;
disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital de acuerdo con el test de autodiagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme

Catálogo de soluciones de digitalización en Acelera Pyme

En la plataforma de Acelera Pyme se encontrarán las soluciones tecnológicas elegibles, agrupadas en las siguientes categorías. soluciones de digitalización en los ámbitos de sitio web y presencia en internet, comercio electrónico, gestión de redes sociales, digitalización de las relaciones con los clientes, business intelligence y analítica, automatización de procesos, implantación de la factura electrónica, servicios y herramientas de oficina virtual, comunicaciones seguras y ciberseguridad.

soluciones-acelera-pyme

 

¿Quiénes son los agentes digitalizadores?

Los agentes digitalizadores se encontrarán en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa donde éstos puedan publicar de forma transparente la referencia a su oferta de soluciones de digitalización para que estén accesibles a los beneficiarios.

El Agente Digitalizador, en nombre del beneficiario y siendo este el responsable último, presentará la correspondiente cuenta justificativa de la realización de la actividad para la que se concede la subvención y el órgano concedente considere justificada la subvención.

En MPM Software llevamos siguiendo esta iniciativa para disponer de diferentes soluciones en el máximo número de categorías posibles de acuerdo con nuestra actividad como empresa tecnológica. Asimismo, estamos trabajando estrechamente con asociaciones del sector como ADECOSE, AUNNA, FECOR y el Consejo General para coordinar el programa y ayudar a que todo el sector y en especial nuestros clientes puedan obtener el máximo acceso posible a estos fondos.

Adjuntamos una parte del programa donde se detalla más información acerca de las categorías y condiciones de acceso a los fondos, informándote de que MPM tendrá soluciones específicas para las siguientes 4 categorías:

En Sanus Comunicacion estamos haciendo seguimiento de esta iniciativa para disponer de diferentes soluciones  para nuestros clientes.  En breve dispondremos de  soluciones específicas para las siguientes 4 categorías:

  • Sitio web y presencia en Internet
  • Comercio electrónico
  • Gestión de redes sociales
  • Gestión de clientes

 

También puede interesarte
Sanus Comunicación

¿En qué podemos ayudarte? Pulsa sobre el botón de contactar y rellena el formulario de contacto para ampliar información sobre cualquier de nuestros servicios de marketing sanitario

            
Nombre  
Apellidos  
Número de móvil  
Correo electrónico  
Interesado en   
Asunto  
Acepto la política
de privacidad